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1958 vigentes

Ordenanza nº325

Detalles
norberto
1958 vigentes
11 Diciembre 1958
Visitas: 13

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº325

 

En todas las tramitaciones que se realicen ante esta comuna, donde se requiera la actuación de profesionales comprendidos en las leyes 4.048 y 5.140, será obligatoria la presentación de los respectivos contratos de trabajo, por triplicado y según modelo Nº1, debidamente estampillados conforme a las tasas impositivas vigentes en la Provincia.-

 

Dada 11/12/58.-

Apéndice Legislativo

Ley 4048

Ley 5140

Ordenanza nº319

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norberto
1958 vigentes
09 Diciembre 1958
Visitas: 12

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE


ORDENANZA Nº 0319


Artículo 1º: Ratifícanse los Decreto-Ordenanzas dictados por las Comisionaturas Municipales del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en el período comprendido entre el 16 de setiembre de 1955 y el 30 de abril de 1958.

Artículo 2º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

PROMULGADA POR RESOLUCION Nº 438 DEL 9/12/58.


 

Ordenanza nº320

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norberto
1958 vigentes
09 Diciembre 1958
Visitas: 12

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº320

 

Artículo 1º: A partir de la promulgación de la presente ordenanza, modificase el transito de vehículos en la calle Quintana entre Humberto Iº y Colón, debiendo circular los mismos desde la calle Humberto Iº a Colón.-

Artículo 2º: Derogase toda otra disposición que se oponga a la presente.-

Artículo 3º: De forma.-

 

Dada 9/12/58

 


 

Ordenanza nº321

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norberto
1958 vigentes
09 Diciembre 1958
Visitas: 10

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº321

 

Disposiciones relacionadas con el tránsito y estacionamiento de vehículos en sector delimitado por las calles Bernardo de Irigoyen desde Av. Colón hasta Murature, y calle Urquiza hasta Mitre; detalla prohibiciones, horarios, multas, etc.-

 

Dada 9/12/58.-


 

Ordenanza nº322

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norberto
1958 vigentes
09 Diciembre 1958
Visitas: 12

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 322

 

Artículo nº1: A partir de la promulgación de la presente Ordenanza, queda prohibido el estacionamiento de toda clase de vehículos del lado oeste de la avenida Colón dese la calle Quintana hasta la calle Villanueva.

Artículo nº2: Quedan exceptuados de lo dispuesto en el artículo nº1, los vehículos afectados al transporte de pasajeros, únicamente en la circunstancia de ascenso y descenso del viajero, debiendo los conductores cumplimentar en este caso lo establecido en los apartados 1) y 3) del artículo 77 del Código de Tránsito (Ley 5800)

Artículo nº3: El incumplimiento de la presente Ordenanza motivará la aplicación de multas que oscilarán de cien a doscientos pesos moneda nacional ($100 a $200)

Artículo nº4: El Departamento Ejecutivo enviará copia de la presente Ordenanza a las Empresas de Transportes de Pasajeros y Reparticiones Nacionales que tengan vehículos afectados a este servicio, dentro del ejido urbano.

Artículo nº5: Derógase toda disposición que se oponga a la presente.

Artículo nº6: De forma.

 

Sancionada por Resolución nº 442 del 09-12-58


 

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